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Ruta de Secretaría.

Reconocimiento por Experiencia Laboral o Profesional.

Normativa reguladora del Reconocimiento y Tranferencia de Créditos en la Universidad de Sevilla.

Capítulo II: Reconocimiento de Créditos en Enseñanzas Oficiales de Grado.

Artículo 9. A partir de Experiencia Laboral o Profesional.

9.1 Las solicitudes de reconocimiento de créditos basadas en experiencia laboral o profesional acreditada se resolverán teniendo en cuenta su relación con las competencias inherentes al título, indicándose las materias o asignaturas que se considerarán superadas por el interesado y que, por lo tanto, no estarán obligados a cursar, o los créditos aplicados al cómputo de optatividad del plan de estudios del título que se pretende obtener.

9.2 El número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de experiencia profesional o laboral acreditada y de enseñanzas universitarias no oficiales previstas en el artículo 7 no podrá ser superior, en su conjunto, al 15 por ciento del total de créditos que constituyen el plan de estudios de destino.

9.3 Dentro de este límite se reconocerán hasta 6 créditos por cada año de experiencia laboral o profesional debidamente acreditada.

9.4 Con carácter general, siempre que el plan de estudios contemple la posibilidad o necesidad de realizar prácticas externas, el reconocimiento de créditos por experiencia laboral o profesional se aplicará preferentemente a este tipo de materias.

9.5 El reconocimiento de estos créditos no incorporará calificación de los mismos por lo que no computarán a efectos de baremación del expediente.

9.6 En ningún caso podrán ser objeto de reconocimiento los Trabajos Fin de Grado

Capítulo III: Reconocimiento de Créditos en Enseñanzas Oficiales de Máster.

Artículo 14. A partir de Experiencia Laboral o Profesional.

14.1 Las solicitudes de reconocimiento de créditos basadas en experiencia laboral o profesional acreditada se resolverán teniendo en cuenta su relación con las competencias inherentes al título, indicándose las materias o asignaturas que se considerarán superadas por el interesado y que, por lo tanto, no estarán obligados a cursar, o los créditos aplicados al cómputo de optatividad del plan de estudios del título que se pretende obtener.

14.2 El número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de experiencia profesional o laboral acreditada y de enseñanzas universitarias no oficiales previstas en el artículo 13 no podrá ser superior, en su conjunto, al 15 por ciento del total de créditos que constituyen el plan de estudios de destino.

14.3 Dentro de este límite se reconocerán hasta 6 créditos por cada año de experiencia laboral o profesional debidamente acreditada.

14.4 Con carácter general, siempre que el plan de estudios contemple la posibilidad o necesidad de realizar prácticas externas, el reconocimiento de créditos por experiencia laboral o profesional se aplicará preferentemente a este tipo de materias.

14.5 El reconocimiento de estos créditos no incorporará calificación de los mismos por lo que no computarán a efectos de baremación del expediente.

14.6 En ningún caso podrán ser objeto de reconocimiento los Trabajos Fin de Máster.

Capítulo VI: Tramitación

Artículo 19. Documentación acreditativa.

19.2 Para la acreditación de experiencia laboral o profesional se deberá aportar:

a) Informe de Vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social en el que se acredite el nombre de la empresa o empresas y la antigüedad laboral en el grupo de cotización correspondiente.

b) Copias compulsadas de los contratos laborales o nombramientos con alta en la Seguridad Social.

c) En caso de trabajador autónomo o por cuenta propia, se deberá aportar certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de los periodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente y descripción de la actividad desarrollada y tiempo en el que se ha realizado.

d) Memoria con la descripción detallada de las actividades o tareas desempeñadas y el tiempo durante el que se desarrollaron.

e) Certificados de empresa acreditativos de las tareas anteriores y cualquier otro documento que permita comprobar y avalar la experiencia alegada y su relación con las competencias inherentes al título para el que se solicita el reconocimiento de créditos.

Este trámite debe solicitarse exclusivamente a través del Registro Electrónico https://reg.redsara.es/ , para ello el interesado debe tener certificado digital o DNI electrónico y tendrá que adjuntar archivo con su DNI/Pasaporte en vigor.

Se debe solicitar con una antelación de 2 meses a la fecha prevista para la celebración de los exámenes de las asignaturas afectadas.

Descargar Solicitud Cambio de Fecha de Examen

Este trámite debe solicitarse exclusivamente a través del Registro Electrónico https://reg.redsara.es/ , para ello el interesado debe tener certificado digital o DNI electrónico y tendrá que adjuntar archivo con su DNI/Pasaporte en vigor.

Resolución rectoral, de 8 de julio de 2021, reguladora de las normas de matrícula en los estudios oficiales de Grado y Máster Univ de la US 21-22 completa.

Artículo 18 de la Normativa de Matrícula

En cualquier momento del curso académico.

Descargar Solicitud Convocatoria de Gracia

Este trámite debe solicitarse exclusivamente a través del Registro Electrónico https://reg.redsara.es/ , para ello el interesado debe tener certificado digital o DNI electrónico y tendrá que adjuntar archivo con su DNI/Pasaporte en vigor.

Se debe solicitar en un plazo máximo de 7 días hábiles desde el cierre del correspondiente Acta.

Instancia General

Este trámite debe solicitarse exclusivamente a través del Registro Electrónico https://reg.redsara.es/ , para ello el interesado debe tener certificado digital o DNI electrónico y tendrá que adjuntar archivo con su DNI/Pasaporte en vigor.

Se debe solicitar con una antelación de 2 meses a la fecha límite de la entrega de las actas de la convocatoria en cuestión.

Descargar Instancia General

Este trámite debe solicitarse exclusivamente a través del Registro Electrónico https://reg.redsara.es/ , para ello el interesado debe tener certificado digital o DNI electrónico y tendrá que adjuntar archivo con su DNI/Pasaporte en vigor.

Procedimiento para estudiantes que deseen continuar sus estudios de Grado en esta Facultad, ya sea procedentes de otras universidades españolas, de sistemas universitarios extranjeros, de ciclos formativos o de enseñanzas artísticas superiores.

📜 Normativa Oficial: resolucion_rectoral_admision.pdf ↗

📧 ¿Necesitas soporte técnico o tienes dudas de convalidaciones?
Puedes escribir directamente a las direcciones de gestión especializadas del Centro:
• Consultas generales: reconocimientosyadmisionagrados@us.es
• Tramitación de Secretaría: fcesecretaria3@us.es

Abandono de Doble Grado y Continuación en Titulación Única

Si estás cursando un itinerario de Doble Grado y deseas abandonarlo para continuar tus estudios únicamente en uno de los Grados individuales que se imparten en la Facultad de Ciencias de la Educación, debes solicitar un procedimiento formal de traslado interno.

📅 Plazo de presentación:
Con carácter general, el plazo para presentar esta solicitud permanece abierto desde el 1 de mayo hasta el 31 de julio de cada año.

📬 Canales de entrega disponibles

Puedes tramitar tu solicitud eligiendo una de las siguientes dos vías:

  • Vía Telemática (Recomendada): A través del Registro Electrónico Común ↗. Es indispensable contar con certificado digital o DNI electrónico y adjuntar tu DNI/Pasaporte en vigor junto a la solicitud cumplimentada.
  • Vía Presencial: Entregando la documentación físicamente en la ventanilla de la Secretaría del Centro. Recuerda que para ser atendido es necesario reservar Cita Previa de Secretaría ↗.

📋 Requisitos académicos indispensables

Para que la Secretaría pueda admitir a trámite tu solicitud, debes cumplir obligatoriamente los siguientes dos requisitos regulados por la Normativa de la Universidad de Sevilla:

  1. Nota de corte de acceso: Tu nota de admisión del año en el que ingresaste por primera vez en la Universidad debe ser igual o superior a la nota de corte que se exigió ese mismo año específico para acceder al Grado único que pretendes continuar. Si no alcanzas dicha nota, el traslado será denegado automáticamente.
    💡 Por ejemplo: Si entraste en el curso 2020/21 al Doble Grado de Educación Primaria y Estudios Franceses, tu nota de acceso debe ser igual o mayor a la nota de corte que tuvo el Grado en Educación Primaria en ese mismo curso académico.
  2. Créditos mínimos superados: Debes tener aprobados un mínimo de 30 créditos universitarios pertenecientes de forma directa al plan de estudios del Grado impartido en esta Facultad, los cuales serán traspasados a tu nuevo expediente único.

📥 Impreso de Solicitud

Descarga, rellena y firma el modelo oficial para adjuntarlo a tu tramitación:

📝 Descargar Solicitud de Abandono de Doble Grado y Continuación de Estudios (.doc) ↗


⚖️ Normativa Aplicable

📧 ¿Tienes dudas sobre el procedimiento de tu Doble Grado?
Puedes consultar directamente con:  📩 fcesecretaria3@us.es
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